En Villacarrillo a 25 de Julio de 1848, hallándose reunidos en la Sala capitular los individuos que componen el Ayuntamiento Constitucional de la misma, el Señor Síndico D. Vicente Gámez de la Chica, expuso: que concluido definitivamente el Cementerio de esta Villa, edificado como de notorio consta, en terreno correspondiente a la Capellanía que en esta parroquia fundaron los Hermanos de la Concepción[i], y que en la actualidad posee el Prior Cura Párroco, que tiene derecho a ser indemnizado del terreno que perdió, así como para ocurrir a los gastos de conservación y reparación en lo sucesivo del edificio mencionado era de sentir que para cumplir estas obligaciones se aprobara por el ayuntamiento los artículos siguientes.
1º.- Se establece un Canon de cuarenta reales anuales a favor del referido propietario del terreno ocupado por el Cementerio.
2º.- Para Cumplir esta carga y atender además al costo de reparación en lo sucesivo, se establece un decreto por el cumplimiento de sepultura que consistirá en tres reales para cada entierro de 2ª clase, en cinco para los de 3ª, y en diez para los de San Pedro, para los párvulos y para las respectivas clases de adultos se establece el derecho de cuatro de cuatro reales, ocho y doce.
3º.- El que quiera ocupar un nicho pagará por la clase de sacerdotes y adultos ciento sesenta reales, y por la de párvulos cien reales, entendiéndose que la ocupación de un nicho será “in perpetum”, personal y únicamente para los restos mortales del que sea destinado, sin que ningún tiempo puedan extraerse estos restos ni introducir otros por causa ni motivo alguno.
4º.- Por cada vara cuadrada de terreno en el mismo que está destinado para nichos, y que los particulares soliciten para la construcción de capillas o cementerios de familia, se pagará la cantidad de ciento veinte reales, pudiendo elevar aquellos a la altura que corresponde a seis nichos en fondo y designándose por quien corresponda las demás condiciones de otra longitud y latitud para la buena simetría del edificio.
5º.- Atendiendo al carácter piadoso de la Junta Municipal de Beneficiencía, y sus tantas ocupaciones, el Ayuntamiento Constitucional, cede a dicha Junta y confiere la administración para la conservación del Cementerio, pudiendo adoptar por si y para dicho objeto cuantas medidas sean convenientes con sujeción a las bases establecidas; reservándose la Corporación Concejal en derecho que le correspondede intervenir y resolver sobre cualquier particular relativo al Cementerio.
6º.- El Ayuntamiento concede un nicho gratis al maestro que ha construido el Cementerio, Pedro Parra Martínez, como testimonio del aprecio que merece su esfuerzo.
Atendiendo a las razones como bases ha presentado D. Vicente Gámez de la Chica y tomadas en consideración por el Ayuntamiento Costitucional, se resolvia por unanimidad que se lleven a efecto como disposiciones aprobadas, las que se comunicaran en la parte que corresponda al Cura Párroco, para que lo haga al colector de la Iglesia que recaudará los derechos señalados en el artículo 2º.
Discutido el dictamen en cuanto a la imposición de los derechos de sepultura, D. José Rubiales, primer teniente de Alcalde, fundándose en que considerando el Cementerio como edificio propio, sus gastos de conservación y repasos, tienen un lugar en el presupuesto municipal o de beneficencia, no siendo por tanto a su juicio necesario acudir a una especie de repartimiento de imposición.
Así lo mandaron los Señores Alcalde y Concejales que firmaron y de que yo el Secretario certifico.
Trinidad Benavides, José Rubiales, Francisco Mora Gallego, Diego Marmol, Pedro García y Mora, Salvador Corencia Gutiérrez, Juan Magaña, Domingo Manjón y Vicente Gámez de la Chica.
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[i]El hospital de Nuestra Señora de la Concepción situado al comienzo de la actual calle San Lorenzo de Villacarrillo (junto a La Tércia) y regentado por Hermanas Dominicas, se sabe que ya existía en 1483 por el testamento de María López, mujer de Alfonso López que manda “le den al Ospital desta villa para los pobres en que se alvergan, una cama con ropa e una jerga de lienzo buena e tres cabeceras, la una viexa e las dos nuebas e dos sabanas e una manta”
En este hospital existía una Cofradía y Hermandad de Ntra. Sra. De la Concepción, que el 24 de febrero de 1504 funda en dicho hospital una capellanía que será concedida al presbítero Fernando Cano mediante carta de donación otorgada por los cofrades y hermanos del hospital: Dicho otorgamiento es como sigue:
“Sepan quantos esta carta vieren como nos Fernando de la Torre, Diego López de Vílchez, Alonso Fernández, Sebastián Manjón, Alonso Pérez, Cristóbal Sánchez de Matheo, Antón García de Moya, Juan Cano, Pedro Cortés, Diego Alonso, Fernán Martínez de Mora, Antón Martínez Tello y Diego de la Torre, vecinos que somos de esta villa de Villacarrillo, Cofrades, y hermanos todos de la cofradía del ospitál de Nuestra Señora de la Concepción, juntos y conformes de una agradable voluntad e deseosos de servir a nuestro Señor porque esta devoción sea acrecida y el culto divíno mui aumentado, conocemos por esta presente carta que hacemos donación e donamos sin condición alguna a vos, Fernando Cano, vecino que sois de esta villa, conviene a saber todos los bienes y heredades que serán situados e deslindados, los quales dichos bienes son un haza de seis fanegas en el sitio de la Fuente la Losa, mas media fanega en Prado Masegoso, que linda con tierra de Alonso Martínez de los Cameros, más un haza en Fuente Mingo Pérez que son dos fanegas y media de tierra, más un haza en sitio que dicen la Fuente el Toro, mas dos fanegas en el sítio de la Higuera, más un haza en el Portillo, más un haza en Fuente Quesada, más un haza en el Carpio e un hero de quince fanegas en la Olivilla.
Otorgamos e conocemos que nos desapoderamos e apartamos de la tenencia e posesión e propiedad e señorío y entregamos los bienes de la dicha cofradía del ospital y lo cedemos e traspasamos en vos y a vos dicho Fernando Cano, clérigo, e os damos poder e facultad cumplidamente para que, por vos y en nuestro nombre vades a el mui magnifico e mui reverendo señor el obispo de Jaén, nuestro señor, el suplicar e pedir que haya por bien hacer nuevas la concesión de esta capellanía. Dado en Villacarrillo a veinticuatro de febrero de mil e quinientos quatro años, y como muchos no saben firmar, lo firmó Sebastián Rodríguez, clérigo.
Escribano Fernán Bueso.
Saludos.